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jueves, 28 de junio de 2018

Estos son los delitos electorales por los que podrías ir a la cárcel




Destruir intencionalmente uno de los marcadores indelebles del INE, obligar a alguien a ir a un evento proselitista o que vote por algún candidato, son delitos por los que podría recibir una sanción.

Cualquier persona que cometa un delito electoral, tanto ciudadanos como servidores públicos, pueden recibir una sanción.

A continuación se presentan las infracciones que debe conocer, con base en el documento “Diez delitos electorales que debemos conocer…y denunciar” elaborado por la Fepade y el Inacipe.

-Utilizar bienes o servicios públicos en una campaña

Cuando un servidor público utiliza bienes en apoyo o perjuicio de un candidato o partido político.

¿Cuáles es la sanción?

Hasta 400 días multa
De 2 a 9 años de cárcel

-Condicionar el acceso a servicios públicos y programas sociales

Cuando se condiciona la prestación de un servicio público; el cumplimiento de programas gubernamentales; el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias o la realización de obras públicas a la emisión del sufragio en favor de un partido político o un candidato.

¿Cuáles es la sanción?

De 200 a 400 días multa
De 2 a 9 años de Cárcel

-Comprar o coaccionar el voto de servidores públicos

Trabajar en el gobierno no implica la obligación de apoyar a un partido político.

¿Cuáles es la sanción?

Hasta 400 días multa
De 2 a 9 años de cárcel

-Intimidar durante la jornada electoral o impedir el acceso a las casillas

Cuando se intimida y atenta contra la libertad del sufragio o imposibilite el libre acceso de los electores a la casilla.

¿Cuáles es la sanción?

De 50 a 100 días multa
De 6 meses a 3 años de cárcel

… Sin embargo, si el acto lo realiza una persona armada, la pena señalada se aumentará hasta en una mitad, con independencia de las que correspondan por la comisión de otros delitos.

-Rebasar los montos legales o utilizar dinero ilícito en las campañas

Entregar o recibir aportaciones, en dinero o especie, a favor de algún partido político o coalición cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito o, bien, el monto rebase lo permitido por la ley.

¿Cuáles es la sanción?

Hasta con 5 mil días multa
15 años de cárcel

-Destruir o dañar material electoral

Los miembros de un partido político o ciudadanos sin filiación partidista no deben sustraer, destruir o alterar documentos o materiales electorales como boletas, actas, urnas, modulares y marcadores indelebles.

¿Cuáles es la sanción?

-Miembros de partido
De 100 a 200 días multa
De 2 a 6 años de cárcel

-Ciudadano
De 6 meses a 3 años de cárcel

-Incumplir obligaciones de rendición de cuentas

El candidato debe informar a las autoridades fiscalizadoras sobre los recursos que se utilizan en actos políticos.

¿Cuáles es la sanción?

De 100 a 200 días multa
De 2 a 6años de cárcel

-Publicar encuestas fuera de los tiempos autorizados

Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas está prohibido publicar o difundir, por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión.

¿Cuáles es la sanción?

100 días multa
Hasta 3 años de cárcel

-Inducir el voto siendo ministro de culto

Aquel ministro de culto religioso que, en el desarrollo de actos propios de su religión, induzca el voto de la ciudadanía.

¿Cuáles es la sanción?

Hasta 500 días multa

-Alterar los datos de la credencial para votar

Aquella persona que altere el Registro Federal de Electores o participe en la expedición ilícita de credenciales para votar con fotografía.

¿Cuáles es la sanción?

De 70 a 200 días multa
De 3 a 7 años de cárcel

Dónde denunciar

-Fepadetel:

01-800-833-72-33

-Fepadenet
www.fepadenet.gob.mx

-En todas las delegaciones de la PGR

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