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sábado, 18 de abril de 2020

Prohíben incinerar fallecidos por covid-19 sin que antes sean identificados

Prohíben incinerar fallecidos por covid-19 sin que antes sean identificados

Ciudad de México(NDS).- Ayer viernes, el Diario Oficial de la Federación publicó un acuerdo que establece la prohibición de incinerar cadáveres de personas fallecidas por coronavirus covid-19, sin que antes sean identificados por familiares o allegados.

“El presente Acuerdo tiene por objeto prohibir la incineración de cuerpos no identificados, e identificados no reclamados, fallecidos a consecuencia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); así como sugerir medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria”, expresa el texto.

En el artículo tercero se establece que las autoridades deberán emitir un informe que acredite examinación del cadáver, además de registrar sus datos biométricos, como lo son las huellas digitales y muestras genéticas.

La medida fue acordada por la Secretaría de Salud y la Secretaría de Gobernación; estará vigente hasta que se declare terminada la emergencia sanitaria.

El martes 14, Hugo López-Gatell, Secretario de Salud en México, indicó que resultaba improcedente considerar la cremación de las víctimas por covid-19.

“Resulta improcedente el considerar la cremación, a pesar que en términos sanitarios sea recomendable”, dijo ese día.

Días después, en su cuenta de Twitter, dio a concer la noticia anunciada.

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