
Lo anterior, derivado de modificar una suspensión previamente decretada y dictar prisión domiciliaria sin atribuciones para ello. Esto constituye, con base en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, “notoria ineptitud y descuido en el desempeño de las funciones o labores que [se] deban realizar”.
El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar se refirió al caso en su cuenta de Twitter y expresó: "La política de cero tolerancia a la corrupción y prácticas indebidas no tiene tregua. Seguiremos combatiendo las conductas que dañan a la justicia en todos los casos, especialmente cuando se afectan o ponen en riesgo los #DDHH de las niñas y los niños. Acciones, no discursos".
La impartición de justicia en materia penal es de la mayor relevancia para el sano desarrollo de una sociedad y la protección última de los derechos humanos de las personas que la integran. Y de manera particular, en casos en donde se encuentra presuntamente vulnerada la integridad de las y los menores de edad.
Es ahí donde la aplicación de la ley debe ser estricta y sin cortapisas, siempre a la luz del interés superior de la niñez.
El objetivo del CJF es velar porque los procesos y el desempeño de los juzgadores esté apegado a la ley en beneficio de la gente. Las y los juzgadores federales habrán de estar a la altura de esta tarea, de brindar mayor y mejor justicia para la población mexicana.
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